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LAS INSTALACIONES DE SUMINISTRO ELÉCTRICO EN LA VIVIENDA SOCIAL FERROVIARIA: NORMAS Y CARACTERÍSTICAS

“La luz se venía de una bombilla en el centro, con su tulipa blanca, colgada de unos cables embreados”. Rafael Sánchez Ferlosio, El Jarama, Ediciones Destino SA, p. 162, 1955

El acercamiento a lo cotidiano es un ejercicio de gran interés para el investigador en ciencias sociales, ya que actúa como una evidencia de laboratorio a la que los estudios más generalistas no pueden descender. En nuestro caso, cuando estudiamos las características de las instalaciones eléctricas en las viviendas que se construyeron por parte de RENFE entre 1939 y 1975 pudimos constatar, por un lado, la progresiva mejora de estas instalaciones, y por otro lado, la abismal diferencia que existe entre aquel momento y la actualidad, propiciada por una regulación normativa que ha introducido un confort mínimo en las viviendas, cuyos primeros pasos se dieron en el entorno de la mitad del siglo XX.

El conocimiento del régimen normativo es una pista válida para estudiar el proceso con cierto orden, lo que permite comprobar cómo se ha plasmado esa normativa, con mayor o menor rigor, en los proyectos de construcción, que a su vez han ido evolucionando y, al socaire de nuevas demandas derivadas de un evidente desarrollo económico, han aumentado la eficiencia y calidad de las instalaciones, que debían prepararse para la entrada de nuevos electrodomésticos en las viviendas y otras instalaciones adicionales. En este sentido, en el periodo estudiado, tuvieron vigencia tres normas que regulaban cómo debían ser las instalaciones eléctricas de las viviendas a construir: el Reglamento de Instalaciones Eléctrica Receptoras de 1933 (RIER), el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión de 1955 (REBT) y el grupo de normas de instrucciones técnicas de 1973-1974, que supuso un salto cualitativo en las características (capacidad, calidad, seguridad, etc.) de las instalaciones eléctricas en los inmuebles de nueva construcción. Como se puede comprobar, cada norma tuvo una vigencia de unos veinte años, lo que muestra una modernización acelerada de estas instalaciones. Sigue leyendo

LA VIVIENDA FERROVIARIA EN ESPAÑA (1939-1989). ALGUNAS MAGNITUDES (I)

En el comienzo de este apunte es oportuno indicar las razones de la cronología utilizada, que será común en la mayor parte de los textos que se publiquen en este blog relacionados con la vivienda ferroviaria española en la segunda mitad del siglo XX. Las fechas extremas vienen marcadas por sendas legislaciones, la de 1939, que promovía la construcción de viviendas protegidas, y la de 1989, sobre medidas de financiación de viviendas protegidas, que conllevaría un cambio significativo en la trayectoria de la vivienda social en España, ya que buena parte de las competencias de regulación y promoción pasarían a las Comunidades Autónomas, según establecía la Constitución Española de 1978.

Así pues, en el periodo 1949-1989 hemos podido contabilizar la construcción de unas 20.000 viviendas destinadas a trabajadores ferroviarios que fueron levantadas en buena medida por parte de los propios trabajadores, en régimen de cooperativa y con la finalidad de acceder a una vivienda en propiedad. El parque de viviendas de RENFE para sus empleados se incrementó notablemente en este periodo, como se puede comprobar, pues además del plan de las 7.000 viviendas para alquiler, también se construyeron unas 2.500 viviendas en régimen de cesión, para puestos claves y estratégicos, de personal de los servicios de Circulación y de Vía y Obras. Además, la empresa también poseía viviendas que habían sido construidas por las antiguas compañías ferroviarias (antes de 1936) y que todavía estaban en uso. Por último, otras compañías del sector ferroviario, de carácter regional o local también construyeron viviendas para sus empleados, aunque en un número muy inferior (gráfico 1). Sigue leyendo

EL PLAN DE RENFE DE LAS 4.000 VIVIENDAS (1944-1954): RESULTADOS

Tras la declaración de RENFE como entidad constructora en 1944, esta podía acogerse a los beneficios derivados de la ley de 1939 para la financiación pública de la construcción de las viviendas para sus empleados. RENFE aprobó un plan de 4.000 viviendas. El precio global estimado de esta construcción era de 112 millones. Según se establecía en la ley de 1939, el INP podía conceder un préstamo de 56 millones de pta (50 %) del total. El Consejo de Administración (CA) de RENFE aprobó este acuerdo en la reunión del 30 de octubre de 1945.

El proceso se puso en marcha con cierta premura, dadas las demandas que llegaban para la construcción de viviendas para los empleados desde diferentes ciudades y barrios de gran tradición ferroviaria, donde los ferroviarios se encontraban en situación bastante precaria o debían vivir lejos de los puntos de trabajo. Así, en la memoria anual de la empresa de 1945 se recoge que, para facilitar los trámites, RENFE adelantaría las cantidades que financiaban tanto el Institucional Nacional de Previsión (INP) como el Instituto Nacional de la Vivienda (INV), que cubrirían hasta el 90 % de los costes de construcción. Estas cantidades serían recuperadas más adelante según se fueran presentando las certificaciones de obras ante el INV. Sigue leyendo

BREVE APUNTE SOBRE LA LEGISLACIÓN EN VIVIENDA SOCIAL EN ESPAÑA, 1939-1990. (1) EL PERIODO AUTÁRQUICO

 

1939: Ley de viviendas protegidas y creación del INV. La primera regulación de este periodo es la ley de 19 de abril de 1939 (y reglamento de aplicación de 8 de septiembre de 1939) que se correspondió con una etapa claramente autárquica del régimen y con la vocación falangista y centralizadora del momento, conjuntado con grandes dosis de pragmatismo en su aplicación. Esta ley mantendría su vigencia hasta la promulgación de la ley de 1954 y la normativa de viviendas protegidas se plasmaría en el primer ensayo de plan de viviendas entre 1944 y 1954. Coexistió con las normativas de viviendas bonificadas, de tipo social, de renta reducida y de renta mínima.

Esta ley es consecuencia de las grandes carencias de alojamiento que había en el país, especialmente en las grandes ciudades, derivadas de los años anteriores, cuando la vivienda todavía no era valorada como un bien esencial y pervivía un régimen de arrendamiento disperso y mal ejecutado, y también de los daños causados en la Guerra Civil. Además, sabemos que el parque inmobiliario español era muy viejo y necesitaba una intensa renovación. A esto se sumaba el crecimiento demográfico español posbélico y el proceso de migración campo-ciudad. De ahí la urgencia de la ley y la clara identificación ideológica del régimen. Es decir, se construía un proyecto ideológico, donde la vivienda tenía una especial relevancia, que se sostenía en la trilogía hogar-familia-Estado. Sigue leyendo