NOTAS SOBRE CIMENTACIONES Y ESTRUCTURAS EN LAS VIVIENDAS FERROVIARIAS CONSTRUIDAS ENTRE 1949-1989 (I)

Para tratar el tema de la presente entrada, es necesario distinguir entre dos periodos: el primero, entre 1949 y 1965, cuando se construyeron prácticamente la totalidad de las viviendas promovidas por RENFE, y el segundo, entre 1965 y 1989, cuando el grupo promotor principal lo constituyen las cooperativas formadas por los trabajadores ferroviarios. Esta distinción deriva del contexto normativo técnico, que prescribía soluciones constructivas y materiales en el proyecto de las viviendas, y también respecto de la disponibilidad de materiales para llevar a cabo la construcción.

En este sentido, para las viviendas del primer periodo, rigen dos normativas técnicas: en un primer momento se aprobó la Orden de 29 de febrero de 1944 (BOE, nº 61, de 1 de marzo de 1944) por las que se determinan las condiciones higiénicas mínimas que han de reunir las viviendas, redactadas a propuesta de la Comisión de Sanidad local y que básicamente consistía en un compendio de 14 preceptos donde no se trataba el tema de cimentaciones y estructuras, pero sí se exigía para las viviendas en plantas bajas, o en aquellas que incluso se permitían por debajo del nivel de la calle, garantizar la impermeabilización o el aislamiento frente a la humedad lo que, en algunos casos, se traducirá en forjados sanitarios. Prescribía también la impermeabilización de muros y suelos, pero, en los proyectos consultados en este primer periodo donde el sistema estructural mayoritariamente utilizado son los muros de carga, aparte de lo escueto de la documentación de proyecto, no existen prescripciones de proyecto en este sentido para las viviendas ubicadas en planta baja que era la situación más habitual en este primer periodo.

La segunda normativa de obligado cumplimiento para las viviendas a estudio era la Orden de 12 de julio de 1955 por la que se aprueba el texto de las Ordenanzas técnicas y normas constructivas para “viviendas de renta limitada”. En estas normas, así como las prescripciones para las viviendas del primer grupo se limitan a que la edificación debe cumplir con las ordenanzas municipales existentes, para las del segundo grupo, a las que pertenecen la totalidad de las viviendas a estudio, se establecen: contenidos mínimos de proyecto, detalle de los proyectos de urbanización en consonancia con el planeamiento existente, aptitud de los terrenos y su valoración (Martínez-Corral & Cuéllar, 2020).

Respecto a la aptitud de los terrenos, la ordenanza sexta establece diez prescripciones para aquellos no aptos para construir planteados en gran parte respecto de la nula posibilidad de cimentar por presencia de rellenos, zonas arqueológicas, zonas de dunas o similares o, porque el coste de cimentar en ellos era excesivo, terrenos muy duros o blandos que requiriesen soluciones de pilotaje o similares (Ilustración 1). Lo paradójico del asunto es que no se prescribía ningún tipo de estudio geotécnico ni tampoco las memorias motivaban los motivos técnicos para la elección del terreno o el porqué de la tensión máxima del terreno determinada para el cálculo de la estructura más allá de genéricas descripciones sobre las cualidades del terreno.

Ilustración 1. Pozos de cimentación en la promoción de viviendas construidas por RENFE en Algodor (1955)

En la quinta parte del documento dedicado a las normas constructivas, la escueta ordenanza primera es sumamente ambigua respecto a cómo deben ser las cimentaciones (Ilustración 2): por un lado, expone que la anchura del cimiento debe ser la que tolere el terreno de apoyo sin regular cómo determinar la resistencia del terreno ni prever soluciones en caso de terreno no uniforme en todo el plano de apoyo (p. ej., atado de zapatas), por otro lado, permite a priori cualquier solución, aunque prima la solución económicamente más barata. Una vez más no son los condicionantes técnicos los prioritarios sino los económicos.

Ilustración 2. Ejemplo de cimentación en la promoción de viviendas construidas por RENFE en el Paseo de las Delicias de Madrid (1954)

 

Respecto a los muros, único sistema estructural contemplado en la citada Orden, esta es algo más extensa, aunque igualmente ambigua. Estableciendo, por un lado, que el ancho de los muros debe proceder del cálculo que garantice la estabilidad y el aislamiento, aunque nuevamente sin precisar condiciones o métodos de cálculo. Por otro lado, admite variedad material, aunque con ciertas limitaciones según el caso. Se admite el uso de tapial, técnica milenaria que adopta el nombre del encofrado consistente en apisonar tierra húmeda, pero con condiciones y exclusivamente en aquellas zonas donde era típica su utilización sin precisarlas, aunque lo cierto es que fue una técnica profusamente utilizada en la península tanto en la arquitectura monumental como en la popular (Font & Hidalgo, 2011). Las condiciones de ejecución eran que fuera calicastrado, y asegurase el aislamiento frente a la humedad mediante la disposición de zócalos de fábrica y aceras perimetrales, y reforzar las esquinas y puntos débiles mediante recercados y verdugadas de fábrica u hormigón. Las mismas condiciones rigen para la construcción en adobe. También se admite la construcción de muros a base de bloque, pero en este caso, dada la inexistencia de ordenanzas al respecto, había que consultar previamente al INV la posibilidad de su uso.

Respecto de la mampostería exige el guarnecido del intradós y el empleo de morteros hidráulicos para el rejuntado. Nótese que estamos en un periodo donde no existen los cerramientos multicapa. De ahí las exigencias del revestido de la cara interior, así como la numerosa existencia de patologías respecto del aislamiento, por puentes térmicos u otros. También se autorizan los muros de carga de hormigón en masa y armado, así como los muros entramados, aunque con cuajados bien de fábricas o bien de placas ligeras autorizadas por el INV: los cuajados de cañas, barro, turba o similares requerían la aprobación previa en cada caso del citado instituto.

La norma se decanta por el ladrillo sin exigir ninguna condición respecto de su uso. Esto concuerda con los proyectos analizados donde, hasta el momento, en ningún caso se hace uso del tapial o el adobe y, en contadas ocasiones se dispone mampostería sobre todo en la planta baja siendo lo más corriente el uso del ladrillo como material estructural en este primer periodo (Ilustración 3).

Ilustración 3. Sección constructiva de la promoción de viviendas construidas por RENFE en el barrio ferroviario de Las Matas, Madrid (1963)

Bibliografía:

Font, F., & Hidalgo, P. (2011). La tapia en España. Técnicas actuales y ejemplos. Informes de la Construcción, 63(523), 21-34. https://doi.org/10.3989/ic.10.015

Martínez-Corral, A., & Cuéllar, D. (2020). Las soluciones constructivas en la vivienda durante el franquismo: El caso de la vivienda ferroviaria. Informes de la Construcción, Vol. 72, 558, e341, abril-junio 2020. https://doi.org/10.3989/ic.71047

Presa Santos, J. L. (1972). La prefabricación de la construcción. Revista de obras públicas, 119, 307-310.


OpenEdition le sugiere que cite este post de la siguiente manera:
Domingo Cuéllar y Aurora Martínez-Corral (1 de julio de 2021). NOTAS SOBRE CIMENTACIONES Y ESTRUCTURAS EN LAS VIVIENDAS FERROVIARIAS CONSTRUIDAS ENTRE 1949-1989 (I). COVIFER. Recuperado 5 de octubre de 2024 de https://doi.org/10.58079/n8i2


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